Por José Cavani Ríos
El desarrollo de la tecnología ha permitido dinamizar las operaciones transnacionales. Desde hace cinco años, con la presencia de un ‘medio de cambio’ para las transacciones de bienes y servicios de característica digital (bitcoin), no solo se rompe con los monopolios monetarios, sino que se salvaguarda a esta ‘moneda descentralizada’ de los peligros de los controles gubernamentales del sistema monetario.
Debemos reconocer que el flujo de capital que se genera de las operaciones realizadas con bitcoins representa un reto para las administraciones tributarias en términos de establecer las implicancias fiscales que su empleo acarrearía para el fisco y brindar las bases interpretativas jurídicas para la detección de actos ilícitos, con el empleo de esta ‘moneda digital’.
El bitcoin es básicamente una plataforma monetaria alternativa a las estatales, que se inició y desarrolla como un acuerdo de voluntades de emplear 21 millones de fichas o bitcoins como unidad de cambio, prescindiendo de los controles fiscales. En ese sentido, existe una comunidad que usa de estas, cuyo precio es mayor a 30 dólares por unidad monetaria, ya sea que se las compre o gane (vendiendo u ofreciendo servicios).
El proceso de generación de bitcoin se denomina minería. Los ‘mineros’ son aquellos que generan bitcoins, cuyo ritmo es controlado hasta la cantidad mencionada. No obstante, ellos no solo ‘crean’ moneda, sino que también ‘validan’ transacciones (es decir, verifican si ha habido una entrega veraz de dinero) en una cadena de bloques donde se registra no solo el número de los movimientos monetarios, sino la identidad de quienes la realizan.
El bitcoin, que cumple las funciones y características elementales del dinero, se encuentra básicamente en internet, en un software incorporado a la computadora e incluso en el celular bajo el control del usuario que ha creado previamente un monedero o billetera virtual, con una clave pública (que se emplea para hacer las transacciones) y la clave privada (con la que se firma la transacción), cuyos repositorios están en agentes electrónicos o tiendas online, a manera de una cuenta bancaria.
Lo que sí debemos tener en cuenta es que la estructura sumamente confidencial de la base de datos sobre la que se sustenta la creación y transferencia de bitcoins cuestiona más que el sistema monetario de los países, las bases jurídicas del sistema fiscal, ya que al estar en el anonimato las transacciones que emplean bitcoins, el poder estatal de fiscalizar esta parte de la economía se ve mermada considerablemente.
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